·      Le imponen pago por 4.7 millones de pesos como reparación del daño e inhabilitación de 26 años para ocupar cargos públicos

Guadalajara, Jal., 2 de abril de 2023
Boletín 018/23
 
Sentencian a ex servidor público del SIAPA por enriquecimiento ilícito
 
·      Le imponen pago por 4.7 millones de pesos como reparación del daño e inhabilitación de 26 años para ocupar cargos públicos
 
Tras permanecer ocho meses en prisión preventiva, José Félix “N”, ex servidor público del (SIAPA), fue sentenciado por el delito de enriquecimiento ilícito.
El ex trabajador del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, quien permanecía en prisión preventiva desde agosto de 2022, fue la primera persona vinculada proceso por enriquecimiento ilícito derivado de investigaciones de la Fiscalía Especializada en Combate a Corrupción
En audiencia de procedimiento abreviado que concluyó la tarde del pasado viernes 31 de marzo, el Juez Octavo de Control y Oralidad, Javier García Muñoz, impuso a José Félix “N” la pena de 1 año 9 meses y 10 días de prisión, la inhabilitación por 26 años y 8 meses para ejercer un cargo público, una multa de $7,966 pesos y el pago de $4’699,971 pesos como reparación del daño.
Tras haber recibido la sentencia y pagar en la misma audiencia los 4.7 millones de pesos, la defensa del ex servidor público solicitó que se le conmutara la pena de prisión, y al ser esta menor a dos años, el Juez concedió la sustitución de la pena e impuso otra multa por $10,374 pesos, por lo cual el ex funcionario no permanecerá en prisión.  
José Félix “N”, quien laboró casi 30 años en el SIAPA donde ocupó diferentes cargos hasta antes de retirarse en 2021, fue denunciado ante la Fiscalía Anticorrupción, quien abrió una carpeta de investigación.
Tras llevar a cabo las investigaciones, el agente del Ministerio Público presentó el caso ante el Juez García Muñoz quien, valoró las pruebas presentadas por las partes y determinó, el 25 de agosto de 2022, que existían elementos para vincularlo a proceso por el delito por enriquecimiento ilícito al no justificar que obtuvo de forma legítima los bienes que posee y que suman millones de pesos.
El procedimiento abreviado es una de las soluciones alternas y formas de terminación anticipada de los procesos que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales que, como señala el artículo 201, puede solicitar el Ministerio Público quien “deberá formular la acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan”.
Mientras que la víctima u ofendido no deberá oponerse y el imputado, luego de reconocer que fue informado debidamente de su derecho a un juicio oral, renunciará a éste, consentirá la aplicación del procedimiento abreviado, admitirá su responsabilidad por el delito que se le imputa y aceptará “ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público al formular la acusación”.

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Autor: ivan.reynaga / Fecha de actualización: Lunes, Abril 3, 2023 - 09:48